SFS COF India: Política de moratoria de la COVID-19
Pauta válida del 1 de junio de 2020 al 31 de agosto de 2020
1.1 Introducción:
Esta directriz se ha formulado de acuerdo con la directiva del RBI según la «Declaración de políticas reguladoras y de desarrollo publicada el 22 de mayo de 2020», en la que se anunciaron ciertas medidas reguladoras para mitigar la carga del servicio de la deuda provocada por las perturbaciones a causa de la pandemia de la COVID-19, a fin de garantizar la continuidad de los negocios viables.
1.2 Paquete reglamentario del RBI:
Las instrucciones detalladas para los préstamos a plazo son las siguientes:
- El 27 de marzo de 2020, el RBI permitió a todas las entidades crediticias conceder una moratoria de tres meses en el pago de las cuotas de todos los préstamos a plazo pendientes el 1 de marzo de 2020. En vista de la extensión del confinamiento y de las continuas perturbaciones a causa de la COVID-19, se ha decidido permitir a las entidades de crédito extender la moratoria sobre las cuotas de los préstamos a plazo otros tres meses, es decir, del 1 de junio de 2020 al 31 de agosto de 2020. En consecuencia, el calendario de reembolsos y todas las fechas de vencimiento posteriores, así como el plazo de esos préstamos, podrían cambiarse de forma general otros tres meses.
- Como la moratoria o el aplazamiento se concede específicamente para permitir a los prestatarios superar las perturbaciones de la COVID-19, no se tratarán los mismos cambios en los términos y condiciones de los acuerdos de préstamo debido a las dificultades financieras de los prestatarios y, por lo tanto, no se traducirá en una rebaja de la clasificación de activos.
- Como antes, la reprogramación de los pagos a causa de la moratoria o el aplazamiento no calificará como incumplimiento a los efectos de la presentación de informes supervisores y la presentación de informes a las sociedades de información crediticia (CIC) por parte de las instituciones crediticias. Los CIC se asegurarán de que las medidas adoptadas por las entidades de crédito en cumplimiento de los anuncios realizados no afecten negativamente al historial crediticio de los prestatarios.
- Con respecto a todas las cuentas a las que las entidades crediticias decidan conceder una moratoria o un aplazamiento y que eran estándar el 1 de marzo de 2020, la norma de la NPA de 90 días también excluirá la ampliación del período de moratoria o aplazamiento. En consecuencia, habría una paralización en la clasificación de activos para todas esas cuentas durante el período de moratoria o aplazamiento comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020. A partir de entonces, se aplicarán las normas normales de envejecimiento.
1.3 Proceso:
De acuerdo con la directiva anterior, la SFSPL apoyará a los prestatarios de préstamos a plazo en las solicitudes específicas que presenten, siempre que se evalúe satisfactoriamente que la solicitud se ha presentado debido a las dificultades económicas de la COVID-19 y no a otras dificultades financieras enfrentadas y que los reembolsos se han realizado de forma regular durante los 12 meses anteriores, a partir del 1 de marzo de 2020, con la clasificación de activo estándar el 1 de marzo de 2020. El prestatario tiene que iniciar una solicitud por escrito y un representante de la SFSPL se pondrá en contacto con el prestatario.
La SFSPL se reserva el derecho de solicitar al prestatario cualquier información que pueda necesitar para completar esta evaluación.
Los prestatarios pueden ponerse en contacto con sus gestores de relaciones para hacer sus solicitudes.
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En SFS COF India, nos comprometemos a mantener a los clientes en el centro de todo lo que hacemos. Estamos aquí para responder a cualquier pregunta que pueda tener, especialmente en relación con nuestra política sobre la COVID-19. Esperamos que usted y sus seres queridos estén sanos y salvos. Envíenos un correo electrónico a: covid-19supportsfs.in@siemens.com.