
Hiperdepreciación: innovación digital y ecológica en Italia
Hiperdepreciación: incentivos fiscales para las empresas italianas que invierten en la innovación digital y la sostenibilidad y apoyan su proceso de transformación.

Descubra la guía simplificada sobre la hiperdepreciación, el incentivo que sucede a los Planes de Transición 4.0 y 5.0 y que ahora se ha publicado en la Gazzetta Officiale. ¡Una oportunidad única para acelerar la transición digital y ecológica de las empresas italianas!
Es hora de tomar medidas para mantener la competitividad, pero primero es fundamental entender qué información está disponible actualmente. Descubra cómo aprovechar al máximo la Ley Presupuestaria de 2026 para acceder al incentivo fiscal de la «hiperdepreciación» a través de información sencilla y fácil de seguir
Entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2028, el Gobierno italiano pondrá a disposición de las empresas un incentivo de hiperdepreciación para alentarlas tanto a acelerar su transformación digital como a reducir su impacto medioambiental.
La hiperdepreciación es un incentivo fiscal que aumenta el valor reconocido de un activo en un porcentaje determinado al calcular la depreciación (para los activos comprados) y/o las cuotas de arrendamiento financiero (para los activos arrendados), lo que reduce la base imponible a la que está sujeta la empresa.
El incentivo va dirigido a las empresas que:
El tamaño de la empresa, la residencia, la forma jurídica o el régimen fiscal no afectan a la elegibilidad.
Las siguientes empresas no son elegibles:
El aumento de costes relacionado con los impuestos se aplica exclusivamente a:
Estos activos deben asignarse a las instalaciones de producción ubicadas en Italia y deben estar interconectados con el sistema de gestión de la producción o la red de suministro de la empresa.
Solo los siguientes componentes fotovoltaicos pueden optar a la hiperdepreciación:
En ambos casos, tanto los módulos como las células deben fabricarse en la Unión Europea.
Cuadro de inversión | Aumento de los costes de compra/arrendamiento |
|---|---|
≤ 2,5 millones | 180% |
> 2,5 millones de euros y ≤ 10 millones de euros | Al 100% |
> 10 millones de euros y ≤ 20 millones de euros | 50% |
En el anexo IV se enumeran los nuevos activos tangibles que pueden optar a la deducción fiscal. Las principales categorías incluyen:
La categoría 1 del anexo IV incluye los nuevos bienes de capital utilizados con fines de producción. Los ejemplos incluyen:
Todos los activos que figuran en el punto 1 del anexo IV deben cumplir cinco requisitos obligatorios:
Además de los cinco requisitos obligatorios, los activos de categoría 1 deben cumplir dos de las tres características siguientes:
La categoría 2 del anexo IV incluye los sistemas que están interconectados con el sistema de gestión de la fábrica y garantizan la calidad de los productos o procesos, como:
La categoría 3 del anexo IV incluye, por ejemplo:
La categoría 4 del anexo IV abarca las tecnologías avanzadas para el análisis, el almacenamiento y la transmisión de datos de alto valor. Incluyen infraestructuras de hardware para:
Los activos de la categoría 4 del anexo IV deben:
• estar interconectado con los sistemas de información de la empresa;
• estar destinado a ejecutar las aplicaciones enumeradas en el anexo V, o utilizarse para soportar máquinas y dispositivos inteligentes, o servir para garantizar la interconexión y la comunicación entre los activos incluidos en ambos anexos.
En el anexo V se enumeran las soluciones de software que pueden optar a la deducción fiscal. Las principales categorías incluyen:
Se ha anunciado que la documentación relativa a los activos incluidos en la inversión, junto con las certificaciones de interconexión requeridas, debe subirse a una plataforma en línea gestionada por la GSE (operador de servicios energéticos). La información adicional sobre cualquier comunicación periódica que se presente a la GSE se proporcionará una vez que se publique el decreto interministerial.
Las inversiones en nuevos bienes de capital incluidos en los anexos IV y V deben realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2028. Durante este período de incentivos, si la empresa vende el activo o lo traslada a una de sus sedes en el extranjero, debe comprar otro activo en el mismo año fiscal con un rendimiento tecnológico igual o superior. Si el activo de sustitución tiene un coste inferior al original, el incentivo fiscal se ajustará en consecuencia.
El incentivo de hiperdepreciación de 2026 se puede combinar con otras medidas financiadas con recursos nacionales o europeos, siempre que:
El gasto utilizado para calcular la hiperdepreciación corresponde al valor de compra de los nuevos bienes de capital, neto de cualquier otro incentivo recibido
La Ley Presupuestaria de 2026 establece que el cálculo del pago anticipado de impuestos de 2026 debe realizarse sin tener en cuenta ningún incentivo fiscal introducido por la propia ley, incluida la hiperdepreciación.
Más información sobre la Ley Presupuestaria de 2026 (artículo 1, párrafos 427 a 436) publicada en la Gazzetta Ufficiale.
